MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Y CIENCIA
934 ORDEN
ECI/25/2008, de 14 de
enero, por la que se
regulan los temarios que
han de regir en el
procedimiento de
ingreso, accesos y
adquisición de nueva
especialidades a los
cuerpos docentes
establecidos en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
La Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación,
atribuye al Gobierno en su
disposición adicional sexta
el desarrollo reglamentario
de las bases del régimen
estatutario de los
funcionarios públicos
docentes en aquellos
aspectos básicos que sean
necesarios para garantizar
el marco común básico de la
función pública docente. De
acuerdo con dicha atribución
se dictó el Real Decreto
276/2007, de 23 de febrero,
por el que se aprueba el
Reglamento de ingreso,
accesos y adquisición de
nuevas especialidades en los
cuerpos docentes a que se
refiere la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, y se regula el
régimen transitorio de
ingreso a que se refiere la
disposición transitoria
decimoséptima de la citada
ley. Los artículos 19 y 60
establecen que los temarios
definitivos para los
diferentes cuerpos y
especialidades se aprobarán
reglamentariamente, previa
consulta con las Comunidades
Autónomas.
Desde la aprobación de la
Ley Orgánica citada, se han
venido regulando las
diferentes enseñanzas que en
ella se establecen. Este
proceso de regulación sigue
abierto, y sus consecuencias
en la renovación de los
temarios mencionados debe
producirse con una
antelación suficiente a la
fecha de la realización de
las pruebas
correspondientes. En
consecuencia, parece
prudente posponer la
aprobación de nuevos
temarios y disponer la
prórroga de los vigentes
para los procedimientos de
ingreso a los cuerpos
docentes que se celebren en
el año 2008.
En su virtud, consultadas
las Comunidades Autónomas,
dispongo:
Artículo 1. Prórroga
de la vigencia de los
temarios.
Para las convocatorias
que se realicen al amparo de
las ofertas de empleo
público en el año 2008,
relativas a los
procedimientos selectivos de
ingresos, accesos y
adquisición de nuevas
especialidades, a los
cuerpos docentes
establecidos en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y a los
cuales se refiere el
reglamento aprobado en el
Real Decreto 276/2007, de 23
de febrero, serán de
aplicación los temarios
vigentes que corresponden a
cada cuerpo y especialidad,
sin perjuicio de lo que se
dispone en el artículo
siguiente.
Artículo 2.
Adecuación de las
referencias legales.
En el temario para las
convocatorias de acceso al
Cuerpo de Inspectores de
Educación que se realicen en
el año 2008, las referencias
que se hacen a la Ley
Orgánica 10/2002, de 23 de
diciembre, de Calidad de la
Educación y a sus
contenidos, deberán
sustituirse por referencias
a la Ley Orgánica 2/2006, de
3 de mayo, de Educación y a
sus contenidos.
Disposición final.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará
en vigor el día siguiente al
de su publicación en el
«Boletín Oficial del
Estado».
Madrid, 14 de enero de
2008.–La Ministra de
Educación y Ciencia,
Mercedes Cabrera
Calvo-Sotelo.
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